SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

El Sespa propone una carrera profesional reversible, voluntaria y homologable

Ha enviado a los sindicatos una propuesta de acuerdo regulador del personal estatutario facultativo y de enfermería de los centros e instituciones

Redacción Médica, 18 de Enero de 2006

El Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) pondrá en marcha un sistema de carrera profesional reversible, voluntaria, homologable y estructurada en cuatro niveles dirigido a sus trabajadores “para incentivar y facilitar la promoción de su personal y lograr a la vez una mejor gestión del servicio”.

El Sespa ha elaborado una propuesta de acuerdo regulador de la carrera profesional del personal estatutario facultativo y de enfermería de los centros e instituciones, que ha sido remitida a los sindicatos, para dar cumplimiento al acuerdo firmado el pasado 21 de julio en la Mesa General de Negociación de la Administración del Principado de Asturias.

Juan José CañasEl Servicio de Salud entiende que la implicación y el desarrollo profesional de los trabajadores y de manera específica del personal facultativo y de enfermería es fundamental para gestionar eficazmente la actividad sanitaria. Según el gerente del Sespa, Juan José Cañas, se requiere para ello "la participación e implicación motivada de dichos profesionales".

Añade que "en consecuencia es imprescindible diseñar un modelo de carrera profesional que contribuya a mejorar cuantitativa y cualitativamente la atención sanitaria, desarrollando aspectos que permitan a los profesionales progresar voluntariamente y de forma individualizada, valorando fundamentalmente su experiencia, conocimientos y habilidades organizativas".

La carrera profesional en el Sespa será voluntaria, accesible y con tratamiento individualizado de manera que cada profesional podrá determinar su encuadramiento y ritmo de progresión.

Juan José Cañas, gerente del
Servicio de Salud asturiano.

Además, será homologable en todo el Sistema Nacional de Salud y estandarizada, es decir, que los criterios de evaluación para la progresión serán objetivos, conocidos, transparentes y válidos, con el objetivo de evitar cualquier subjetividad en el proceso. La carrera será reversible respecto a los niveles conseguidos y los méritos tenidos en cuenta para el acceso a un nivel no podrán utilizarse para el acceso a otro. El encuadramiento en un determinado nivel de carrera o el cambio del mismo no implica cambio en el puesto de trabajo ni en la actividad que desarrolla el profesional.

Cuatro niveles consecutivos a los que se accederá en función del tiempo de ejercicio profesional
En cuanto a su estructura, constará de cuatro niveles consecutivos a los que se accederá en función de un número de años mínimo de ejercicio profesional. Para el acceso al primer grado será necesaria la acreditación de cinco años de ejercicio profesional como personal estatutario con plaza en propiedad.

En el caso de los licenciados serán necesarios doce años para acceder al segundo tramo, veinte para el tercero y 25 para el cuarto. Los diplomados necesitarán catorce años para acceder al segundo grado, 22 para el tercero y 28 para el cuarto. Los méritos que serán evaluados para determinar el encuadramiento de un profesional en un grado estarán relacionados con actividad asistencial y compromiso con la organización, competencias profesionales y conocimientos y participación en la docencia y en la investigación.

Una vez implantado el sistema de carrera profesional para licenciados y diplomados el Sespa se compromete a diseñar los criterios para el desarrollo de un sistema de promoción profesional tanto para el personal sanitario no afectado por esta norma como para el personal no sanitario del Servicio de Salud.